Una Corte de Apelación Federal en E.E.U.U. anuló y dejó sin efecto una orden de un juez federal que obligaba al Estado Dominicano y al Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI) a pagar más de US$50 millones a las empresas Sunland/Siglo XXI.
Una enorme y grandiosa victoria del Estado dominicano y de los ciudadanos y ciudadanas de nuestro país que, guiados por nuestro gobierno, reivindicó la dignidad del pueblo dominicano ultrajada por tales empresas.
El fallo inicial estuvo basado en alegaciones de Sun Land & RGITC, LLC (Sunland) y Architectural Ingeniería Siglo XXI, LLC (Siglo XXI)., que el juez federal impidió que el Estado Dominicano e INDRHI pudieran refutar por no haberse percatado a tiempo de la demanda pendiente debido a faltas de procesos internos y que la Corte de Apelación, en su histórico fallo, consideró excusable.
El fallo fue emitido el día 10 de junio de 2015.
El Estado Dominicano y el INDRHI, por medio de sus abogados Holland & Knight, y el Dr. Jorge Guerrero del bufete Guerrero Law Firm, lograron convencer al panel de tres jueces federales que, contrario a lo que alegaron los demandantes, el Estado Dominicano y el INDRHI tenían defensas meritorias y si no presentaron defensas a tiempo, fue por un error administrativo y no por una intención de no presentar sus defensas.
Igualmente, en una brillante defensa del interés nacional, los abogados demostraron que, en vez de existir un solo contrato sobre el cual los demandantes reclamaban daños, existen cinco contratos y que el Estado Dominicano ni INDRHI renunciaron a su soberanía sobre los tres contratos en los que los demandantes basaron algunos de sus reclamos.
Además, que el Estado Dominicano y el INDRHI tienen el derecho de presentar las defensas que le sean posibles.
Entre otras cosas, la Corte de Apelación resaltó que el Estado Dominicano y el INDRHI interpusieron peticiones de proceso no más tarde que 13 días después que se dió a conocer la existencia de la demanda.
Indicaron que el juez federal erró al negarle al Estado Dominicano y al INDRHI el derecho de presentar sus defensas, y al concluir que la Corte Federal no tenía jurisdicción sobre el Estado Dominicano en tres de los cinco contratos, la Corte de Apelación Federal dejó abierta la posibilidad de que si los demandantes mantienen algún reclamo sobre los dos contratos restantes, tanto el Estado Dominicano como el INDRHI tienen el derecho legal de interponer todas las defensas que sean aplicables.
Celebremos. Ha sido un combate ganado por nuestros abogados y una feliz victoria para la República Dominicana, su Estado, su Gobierno y sus ciudadanos y ciudadanas.
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