Juan Luis Guerra |
El juez de la primera sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Yoaldo Hernández Perera, acogió este miércoles la solicitud para designar un contador público autorizado para comprobar los valores de las ventas de tres producciones maestras del compositor y cantante dominicano Juan Luis Guerra Seijas.
Las producciones maestras en cuestión son “Bachata Rosa”, “Areíto” y “Fogaraté”, de las que los abogados Práxedes Castillo Pérez, Leonardo Conde Rodríguez, Américo Moreta Castillo y Práxedes Joaquín Castillo Báez, solicitaron se compruebe el valor de venta en el período comprendido entre 1992 y 2001.
Estos abogados actúan en representación de la Distribuidora de Discos Karen que preside el empresario dominicano Bienvenido Rodríguez Durán, la cual ha interpuesto una demanda en resolución de contrato y en daños y perjuicios contra el cantautor.
En esta demanda, el cantautor está representado por los abogados Froilán Taváres Cross y Ángel Casimiro Cordero.
Según las conclusiones de la parte demandante, Guerra Seijas habría incumplido un contrato suscrito entre él y la Distribuidora de Discos Karen en 2006 mediante el cual ésta liberaba parcialmente al artista de cinco producciones maestras que tenía obligación de grabarle según el contrato de 1988 y no le había entregado, a cambio de cederle la producción de un concierto en vivo celebrado por el demandado el 17 de diciembre de 2005 en el Estadio Olímpico de Santo Domingo y asumir otras obligaciones.
La demandante acusa a Guerra de no cederle la producción del concierto en vivo ni cumplir las otras obligaciones que asumió a cambio de su liberación parcial, ocasionándole cuantiosos daños económicos y morales.
El experto que designará el juez Hernández Perera también tendrá la misión de confirmar que la disquera entregó a Juan Luis Guerra recursos económicos por encima de lo acordado en los contratos que ambos suscribieron, lo cual el cantautor habría logrado por medio del entonces administrador de la disquera, Fidel Hernández.
La parte demandante basa su pedimento en el artículo 10 de la Ley 633, sobre Contadores Públicos Autorizados, el cual consagra “que los Contadores Públicos Autorizados tendrán las atribuciones de investigar los libros, archivos y documentos de cualquier compañía o negocio cuando sean designados como expertos, con motivo de cualquier causa o litigio que requiera legalmente peritajes por los Tribunales de la República”.
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